Laboral y Seguridad Social
Tipificador de infracciones laborales: dónde se concentran las multas de la Dirección del Trabajo
Tipificador de infracciones y sanciones de la Dirección del Trabajo, sobre el DFL 1 que fija el texto refundido del Código del Trabajo.
- Norma
- Tipificador de infracciones · Código del Trabajo
- Fiscaliza
- Dirección del Trabajo
- Unidad de sanción
- UTM, entre 3 y 1.350 según gravedad y tamaño
Qué exige la norma
A diferencia del resto del catálogo, esta evaluación no se construye sobre una ley sino sobre el instrumento con que efectivamente se sanciona: el tipificador de infracciones de la Dirección del Trabajo. Es el documento que usa el fiscalizador en terreno para calificar un hallazgo y determinar el monto. Trabajar sobre él permite estimar la exposición con la misma lógica con que se va a cursar la multa, y no con la lógica más abstracta del articulado.
La cobertura abarca las dos dimensiones del derecho del trabajo. La individual —contrato, jornada, remuneraciones, cotizaciones, término de la relación laboral, higiene y seguridad— concentra el volumen de infracciones más frecuentes y las de mayor efecto multiplicador, porque suelen replicarse por cada trabajador afectado. La colectiva —fuero, permisos sindicales, prácticas desleales, cumplimiento de instrumentos colectivos— aparece menos en las fiscalizaciones de rutina, pero concentra las sanciones de mayor gravedad y las que llegan a tribunales.
Es la evaluación más extensa del catálogo y también la que mejor se presta para responder distribuida: cada bloque corresponde a un proceso con un dueño distinto dentro de la organización, de modo que remuneraciones, prevención de riesgos y relaciones laborales pueden avanzar en paralelo sin bloquearse entre sí.
A quién obliga
- Todo empleador con trabajadores regidos por el Código del Trabajo.
- Empresas usuarias de servicios transitorios y empresas principales en régimen de subcontratación.
- Empleadores con sindicatos constituidos o procesos de negociación colectiva en curso.
Qué revisa la evaluación
Las dimensiones en que se organiza esta evaluación.
- 01
Contratación y término
Escrituración en plazo, cláusulas mínimas, anexos por modificación, finiquitos y sus formalidades.
- 02
Jornada y registro de asistencia
Sistema de control, horas extraordinarias pactadas por escrito, descansos y jornadas excepcionales autorizadas.
- 03
Remuneraciones y descuentos
Liquidación, gratificación, ingreso mínimo, tope de descuentos e igualdad de remuneraciones.
- 04
Cotizaciones y protección a la maternidad
Declaración y pago, salas cuna, permisos y fuero.
- 05
Higiene y seguridad
Reglamento interno, comité paritario, departamento de prevención y obligación de informar los riesgos.
- 06
Derecho colectivo
Fuero sindical, permisos, prácticas desleales y cumplimiento de los instrumentos colectivos vigentes.
Cómo se sanciona
El tipificador clasifica cada infracción como leve, grave o gravísima y cruza esa gravedad con el tamaño de la empresa —micro, pequeña, mediana o grande— para determinar el rango en UTM, que va desde 3 hasta 1.350. Una fiscalización rara vez detecta una sola infracción: lo habitual es que un mismo hallazgo se replique por trabajador afectado, lo que multiplica la exposición muy por encima del valor unitario de la multa.
La evaluación traduce los incumplimientos detectados a una exposición económica estimada en pesos, calculada con la unidad y el tipo de cambio del día en que se responde. El valor queda congelado en ese momento: el informe no cambia después.
Cuándo conviene evaluar
- 01
Nunca ha llegado una fiscalización y nadie sabe qué encontraría.
- 02
Hay más de un establecimiento con prácticas de registro de jornada distintas.
- 03
Trabajan empresas de servicios transitorios o contratistas dentro de las instalaciones.
- 04
Hay instrumentos colectivos vigentes y ninguna revisión de su cumplimiento efectivo.
Normativas que suelen cruzarse con esta
Ver la exposición frente a esta norma
Mostramos cómo se ve el informe de una evaluación real y revisamos juntos si Tipificador de infracciones · Código del Trabajo aplica a la operación. En el catálogo completo se puede comparar con otras materias.